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LA DIPUTADA ESTADOUNIDENSE ALEXANDRIA OCASIO-CORTEZ FUE AMENAZADA POR UN ARGENTINO

Un joven de Burzaco había enviado mensajes intimidatorios a la legisladora del Partido Demócrata a través de una red social. Fue procesado por el juez Ariel Lijo, quien le concedió la suspensión del juicio a prueba.

Nacionales BERNABE
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El día que los efectivos del Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista (DUIA) de la Policía Federal ingresaron a allanar la casa familiar donde vivía con sus padres el joven confesó: “Mamá fui yo, soy un boludo”. Ante esa extraña situación la madre supo que su hijo estaba involucrado en algún problema judicial. Y así era.

Los policías habían llegado a la casa de clase media de Burzaco, en el sur del Gran Buenos Aires, con una orden de allanamiento firmada por el juez federal Ariel Lijo. El caso judicial era por amenazas contra una persona que vivía lejos, muy lejos de ese lugar de la Provincia de Buenos Aires: se trataba de determinar quién había escrito mensajes intimidatorios contra la diputada estadounidense Aexandria Ocasio-Cortez.

El caso comenzó a finales del año 2020 cuando la División de Operaciones Internacionales de la Oficina Federal de Investigaciones de Estados Unidos (FBI) detectó mensajes amenazantes contra Ocasio-Cortez.

Se había determinado que en un cuenta de la red social Parler el 11 de diciembre de 2020 postearon: “#GUERRACIVIL Voy a matar a Ocasio Cortez con mis propias manos, perra indocumentada”. Desde la misma cuenta @Blazko1946 sumaron otro tipo de amenazas como: “Voy a matar a toda la basura liberal que pueda encontrar, no pago mis putos impuestos para llenar los bolsillos de la puta élite”.

 El FBI inició una investigación y la principal hipótesis era que las amenazas provenían desde algún lugar dentro de Estados Unidos. Pero detectaron que esa cuenta de la red Parler estaba asociada a un IP correspondiente a la empresa Telecentro. Y a su vez a un número de un teléfono celular argentino.

Desde el FBI enviaron el reporte de lo que hallaron a Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) que encabeza Horacio Azzolin. Esa fiscalía aseguró la evidencia digital para luego realizar una denuncia. La denuncia le había tocado a Lijo, que comenzó la investigación. Se pidió información a Google, Facebook, Instagram, Parler, WhatsApp y a también a las compañías telefónicas. La información fue analizada por los policías del DUIA.

Los investigadores determinaron que el autor de las amenazas había sido un argentino que por entonces tenía 24 años y que en agosto pasado cumplió 26. El hombre – al que se identificará como F.S.A.- vive con sus padres y una hermana en una casa de Burzaco, partido de Almirante Brown. Cuando envió los mensajes amenazantes a Ocasio- Cortez, era estudiante de Derecho en la Universidad de Lomas de Zamora.

Fue indagado por Lijo en noviembre de 2021. En aquella ocasión F.S.A. dijo:”…estaba jugando, probando con la aplicación, publicando mensajes que no representan a la persona quien yo soy y básicamente sin intención de lastimar, perturbar o agraviar a nadie”. También aseguró que borró los mensajes y que jamás volvió a usar Parler.

Esa red social fue muy utilizada por militantes “trumpistas” luego de la derrota en las elecciones presidenciales de Donald Trump a manos de Joe Biden, el actual presidente de Estados Unidos. Ocasio-Cortez, diputada demócrata por Nueva York , hija de latinos había sido muy crítica de Trump durante los cuatro años en el que empresario gobernó Estados Unidos, hecho que la convirtió en blanco de duras apreciaciones en redes sociales.

El juez Lijo había procesado a F.S.A. por el delito de amenazas en función de lo que establece el artículo 149 bis del Código Penal que señala que: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas” . A lo establecido por el Código Penal se le sumó lo que prescribe la Ley Antidisciminatoria (23.592) en su artículo tercero: “Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.

Cuando Lijo dictó el procesamiento de F.S.A. había analizado si las amenazas que posteó el imputado en Parler podían considerarse como un acto de libertad de expresión. El juez había dicho que: “Las conclusiones alcanzadas a la luz de la doctrina y jurisprudencia nacional e internacional me permiten concluir, frente al interrogante del presente análisis, que las publicaciones de F.S.A no se encuentran dentro de la esfera de protección del derecho a la libertad de expresión y, contrariamente, son del tipo de expresiones prohibidas expresamente por la Convención Americana –entre otros instrumentos internacionales– conocidos como `expresiones de odio´”.

Y había agregado: " Esto es así porque el imputado incitó expresamente a la violencia provocando a sus seguidores en la red social a, entre otras cosas, matar a una representante del Congreso de los Estados Unidos, lo que fue reproducido exponencialmente por las características especiales de Internet y de la red social. Si el nombrado hubiera orientado sus manifestaciones a criticar la actuación de Cortez, sin perjuicio de que hubiere utilizado un tono hostil o inclusive agraviante, lo cierto es que ello no hubiera producido éste resultado y sus dichos se hubieran visto resguardados por el manto de protección que brinda el derecho constitucional a la libertad de expresión. De hecho, tales manifestaciones hubieran sido consideradas conducentes al desarrollo democrático del país”.

El joven que amenazó a Ocasio–Cortez no apeló el procesamiento que quedó firme. Pero, a través de su defensor oficial Gustavo Kollmann pidió la suspensión del juicio a prueba, también llamada probation. Ese instituto permite –para delitos con penas de hasta tres años de prisión- evitar el juicio y una eventual condena siempre que el imputado no tenga antecedentes. El acusado no admite su culpa y una vez finalizado el plazo establecido por el juez, se extingue la acción penal y no quedan antecedentes. Es una forma de agilizar los trámites judiciales para delitos de poca pena.

En el caso de las amenazas a Ocasio-Cortez, F.S.A. ofreció realizar dos horas semanales de tareas comunitarias durante un año y además tomar “un curso sobre la igualdad, el género y la no discriminación de los ofrecidos en la Plataforma de Aprendizaje Virtual del Programa Punto Digital al que se accede con cuenta de Mi Argentina”.

Para que se conceda la probation debe haber consentimiento explícito del fiscal del caso. Fue así que Lijo le pidió su opinión al fiscal Franco Picardi quien aceptó la propuesta hecha por la defensa de F.S.A.

 De eso modo el juez Lijo dictó la suspensión del juicio a prueba por lo que F.S.A.-quien no tiene antecedentes penales- deberá realizar tareas no remunerativas en la Asociación Civil Fenix Betarraham de Adrogué durante un año y tomar el curso sobre igualdad, género y no discriminación.

El argentino que amenazó a una diputada estadounidense deberá presentar mensualmente una certificación de que cumple con las tareas comunitarias a las que se comprometió. También tendrá que aportar el certificado que indica que tomó el curso contra la discriminación e informar a juzgado cualquier cambio de domicilio.

Si en un año no viola ninguna de las reglas que le impuso el juzgado, cumple con lo prometido y no comete ningún delito, P.S.A. , autor de las amenazas y de la frase “Mamá fui yo, soy un boludo”, habrá conseguido que el caso se cierre por extinción de la acción penal.

 

 

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